1. Requisitos del importador
Para importar en México tenés que estar inscripto en el Padrón de Importadores del SAT. El SAT pide:
- RFC activo y e.firma vigente.
- Estar al corriente de tus obligaciones fiscales, con buzón tributario y domicilio fiscal validados.
- Tener asignado un agente o agencia aduanal, que es quien presenta el pedimento.
- No figurar en las listas de los artículos 69 y 69-B del Código Fiscal.
Para vino y otras bebidas alcohólicas, además, el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas, que es el que te permite pedir los marbetes.
2. SENASICA y COFEPRIS
SENASICA: productos de origen animal
Para carnes, lácteos y quesos, antes de cada importación hay que consultar el Módulo de Consulta de Requisitos Zoosanitarios (MCRZI) por especie, producto y país de origen. El propio SENASICA advierte que esas combinaciones cambian, así que no conviene confiar en una consulta vieja. Si la combinación no aparece, se tramita su establecimiento (SENASICA-01-011).
Del lado español, para varias categorías (por ejemplo, productos cárnicos de cerdo) la planta tiene que estar autorizada previamente por SENASICA. Ese trámite lo hace el productor a través del Ministerio de Agricultura de España.
COFEPRIS: mercancías reguladas por Salud
El acuerdo que identifica las mercancías sujetas a control sanitario (DOF 24/12/2020 y sus modificaciones) define, por fracción arancelaria, si tu producto necesita permiso sanitario previo de importación o un aviso. Quesos y preparaciones de pescado aparecen entre las mercancías reguladas. Tu agente aduanal lo confirma con la fracción exacta.
3. Etiquetado: NOM-051 y NOM-142
- NOM-051 (alimentos y bebidas no alcohólicas): la información obligatoria va en español. Podés sumar otro idioma, pero sin reemplazar al español.
- Sellos de advertencia: desde el 1 de octubre de 2025 rige la tercera fase, que calcula los sellos con el contenido total de nutrientes críticos. Los aceites vegetales y las grasas animales están exentos de sellos.
- NOM-142 (bebidas alcohólicas): información en español, la leyenda «EL ABUSO EN EL CONSUMO DE ESTE PRODUCTO ES NOCIVO PARA LA SALUD», datos del importador, país de origen, lote, % Alc. Vol. y declaración de sulfitos cuando corresponda.
4. Origen y aranceles: el acuerdo UE-México
Hoy se aplica el acuerdo de 2000 (TLCUEM). Para pedir la preferencia arancelaria, el exportador español tiene que entregar un certificado EUR.1 o una declaración de origen en factura. Por encima de 6.000 € la declaración solo la puede hacer un exportador autorizado. La prueba de origen vale 10 meses.
El Acuerdo Global Modernizado se firmó el 22 de mayo de 2026 y el Consejo de la UE le dio la aprobación final el 14 de julio de 2026. Entra en vigor el primer día del segundo mes después de que ambas partes notifiquen su ratificación. Según la Comisión Europea, prevé:
- Quesos: hoy pagan hasta un 45 %; pasarán a 0 % dentro de cupos de 20.000 t (otros quesos) y 5.000 t (frescos o procesados).
- Carne de cerdo: hoy hasta un 45 %; pasará a 0 %.
- Vino: incluido entre los productos que quedan libres de arancel.
- Protección de 568 indicaciones geográficas europeas.
5. Requisitos por producto
| Producto | Requisitos principales |
|---|---|
| Aceite de oliva | Etiqueta NOM-051 en español; exento de sellos de advertencia. |
| Vino | Padrón de bebidas alcohólicas, marbetes del SAT, IEPS y etiqueta NOM-142. |
| Quesos | Consulta en el MCRZI de SENASICA, control de COFEPRIS por fracción, NOM-051 y arancel alto hasta que rija el acuerdo modernizado. |
| Conservas de pescado | Mercancía regulada por Salud: confirmar permiso o aviso por fracción. NOM-051. |
| Jamón y embutidos | Suspendido Suspendidos desde el 28/11/2025 por peste porcina africana en España (comercio y equipaje). A la fecha de esta actualización no hemos encontrado su levantamiento. |
6. Errores frecuentes
- Usar una hoja de requisitos zoosanitarios vieja: cambia sin aviso.
- Dar por hecho que el acuerdo modernizado ya rebaja los aranceles.
- Etiquetas sin todo el texto obligatorio en español, o con sellos calculados con criterios de una fase anterior de la NOM-051.
- Importar vino sin marbetes o sin el padrón de bebidas alcohólicas.
- Prueba de origen mal emitida, o declaraciones de más de 6.000 € sin número de exportador autorizado.
¿Querés importar desde España sin preocuparte por todo esto? Mirá cómo trabajamos con importadores en México.
Fuentes oficiales consultadas
- SAT: inscripción en el Padrón de Importadores
- SENASICA: importaciones y MCRZI
- SENASICA: suspensión de productos de cerdo de España
- Gobierno de México: manual de la NOM-051
- SAT: IEPS y marbetes
- Comisión Europea: acuerdo UE-México vigente (Access2Markets)
- Comisión Europea: el acuerdo modernizado y el sector agrícola
- Consejo de la UE: aprobación final (14/07/2026)
Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para importar alimentos de España a México?
Inscripción en el Padrón de Importadores del SAT, un agente aduanal, cumplir los requisitos sanitarios de SENASICA o COFEPRIS según el producto, etiqueta en español conforme a la NOM-051 y, para pagar menos arancel, una prueba de origen válida.
¿El aceite de oliva lleva sellos de advertencia en México?
No. La NOM-051 exime de los sellos a los aceites vegetales y grasas animales, aunque la etiqueta tiene que estar en español.
¿Ya está vigente el nuevo acuerdo UE-México?
A la fecha de esta guía, no. Se firmó en mayo de 2026 y la UE lo aprobó en julio, pero entra en vigor cuando ambas partes notifiquen la ratificación. Mientras tanto se aplica el acuerdo de 2000.
¿Se puede importar jamón serrano o ibérico a México?
No por ahora: México suspendió los productos de cerdo de España el 28 de noviembre de 2025 por peste porcina africana.
Actualizado el 5 de octubre de 2026. Información orientativa basada en fuentes oficiales; las normas cambian, así que la confirmamos de nuevo antes de cada operación.